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Fallos: 151:382 de la CSJN Argentina - Año: 1928

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Rosario, en la causa eBleser sine, apelando de una resolución de la Dirección de Impuestos Internos», en razón de que la sentencia recurrida analizando la prueba producida, había dejado establecido: «Que con el recibo de fs. 11, no negado por sus otorgantes, de quienes se hizo conocer por la dirección de Impuestos Internos, el denunciado acreditó haber adquirido de éstos los naipes de juguete de que se trata; y que. por lo tanto, no eran de su fabricación particular, ni de su importación: resultando asi inaplicable la ley 11.252 referente (art. 1) a las mercaderías que expresa «al salir de fábrica, Aduana o Depósito Fisca!r, y no a las ya existentes a la fecha de su sanción, como parece haber ocurrido con aquellos», es decir, había resuelto el litigio interpretando puntos de hecho y de prueba que no pueden ser revisados por la Corte Suprema por vía del recurso extraordinario de puro derecho federal y que son suficientes por si solos para sustentar el fallo. :

Con fecha once se declaró improcedente la queja deducida por Humberto Ganduglia, apelando de una resolución de la Cámara en lo Criminal y Correccional de la Capital. por resultar de la propia exposición del recurrente, que dicha resolución se refería a una medida de prueba, la que no teniendo el carácter de definitiva, no podia autorizar el recurso extraordinario interpuesto.

Con fecha trece no se hizo lugar a la queja deducida por josé Andreo, en la causa seguida en su contra por homicidio.

por desprenderse de la propia exposición del recurrente, que la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital dictó esentencia sin tomar conocimiento directo y de visu» del procesado, es decir, resolvió el juicio interpretando preceptos de derecho común contenidos en el Código Penal (art. 41), que no pueden ser revisados por la Corte Suprema por vía del recurso extraordinario que autoriza el art. 14 de la ley 48.

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Año: 1928, CSJN Fallos: 151:382 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-151/pagina-382

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