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Fallos: 150:36 de la CSJN Argentina - Año: 1928

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procedimiento del caso queda terminado, y por tanto, no hay margen al recurso interpuesto. .

3" Los conflictos emergentes de autos de habeas corpus, que estén en pugna con resoluciones de otros jueces o autoridades, regidos por el título IV, libro IV del Código de Procedimientos en lo Criminal, son distintos de "los que surgen en hase a las contiendas de competencia por inhibitoria o por declinatoria, Caso: Lo explica el siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 24 de 1927.

Autos y Vistos:

Resulta: que el padre del ex-marinero voluntario Juan Cúneo, preso, éste, en la Prisión del Arsenal de Marina, Dársena Norte, delujo en favor del mismo, recurso de habcas corpus ame el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional. Funda el interdicto en que su hijo fué detenido por la autoridad militar, no obstante haber sido indultado por el Poder Ejecutivo, como los demás desertores por decreto de 30 de Diciembre de 1926, decreto que da por rescindidos los contratos de servicio de los voluntarios que se hallaban en tal caso, siempre que éstos cumplan con la obligación de enrolarse. :

Que aquél se consideró libre de todo servicio militar y, hahiéndose enrolado oportunamente, no se presentó al Arsenal, pues se creía amparado por el decreto de indulto y la orden No 21, procedente del Estado Mayor de Marina, que menciona entre los indulstados a su hijo Juan Federico Cúneo. Sustanciado en forma el recurso, el Ministerio de Marina informa a fs. a 17 que el marinero Cúneo se halla actualmente acusado de de

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Año: 1928, CSJN Fallos: 150:36 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-150/pagina-36

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