préviamente y con la premura requerida, la autorizacion del P. E., mandó erigir el cementerio general de la ciudad en los terrenos de la Chacarita, indicados por el Consejo de Higiene y por el Departamento Topográfico, disponiendo entre otras cosas, que el Juez de Paz de Belgrano entregase inmediatamente los terrenos designados 4 la Comision Municipal con prevencion de que procurara, si alguna parte de esos terrenos estaba arrendada 6 cedida, la rescision de los sontratos hechos. Que sometido á la Lejislatura ese decreto, fué aprobado por ley de 25 de Agosto de 1873, y se mandó además que la Municipalidad dispusiese el cercado del: terreno en que actualmente se hacen las inhumaciones y del terreno compuesto de 48 cuadras tomado con el mismo objeto, y adjudicó además, para ensanche de este cementerio, el resto de los terrenos denominados de la Chacarita.
Que en el trascurso de tiempo entre el. decreto y la ley referidos, la Municipalidad de Belgrano, por un proceder abusivo, enajenó, burlando los mandatos del Gobierno, los terrenos que debian servir para cementerio.
Que la Municipalidad de la Ciudad al proceder por s á cercar esos terrenos, fué demandada, y el Juez mandó que Roncoroni y Brown fuesen respetados en su posesion.
Que el Poder Ejecutivo que no habia tomado aun la intervencion que le compete por su rol constitucional de ejecutor y reglamentador de las leyes, tiró el decreto de 17 de Octubre de 1873. Que en los considerandos de este decreto, el Gobierno toma en cuenta la enajenacion hecha por la Municipalidad de Belgrano, y ya por la nulidad insanable de esa enagenacion, ó ya porla facultad que le acuerda el art. 47, tít: 5, lib. 3", Código Civil, mandó que la Municipalidad de la capital procediese á temar
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:42
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