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Fallos: 15:400 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Tesorería 4 3 y 6 meses de plazo, desde el dia de la entrega; contrato que debia durar seis meses; obligándose el Sr. Cabal 4 dar mensualmente en Buenos Aires una letra sobre dicho Banco á plazo fijo, por las sumas que debiesen llevar los Comisarios.

En autos no existen constancias algunas de las operaciones que, segun ese convenio, se hubiesen hecho con el Banco Comercial de Corrientes; lo que induce 4 creer en efecto no se hicieron con ese Banco.

Mas 4 f. 96 consta que Cabal recibió del Gobierno Nacional, en Buenos Aires, en Junio 23 de 1868, la suma de 25,000 fuertes, valor recibido en cuenta de las sumas entregadas por el Banco Comercial del Rosario, para el pago del Ejército del Interior, segun se vé por el tenor del libramiento y, se dice, consta del respectivo espediente que existe en la Contaduría Nacional.

Ahora bien, la cuenta corriente de la Administracion de Rentas Nacionales del Rosario con el Banco Comercial de esta localidad (fs. 5 y 73) fué abierta en Marzo 10 de 1868 y quedó cerrada en Junio 4 de 1869, sin que haya constancia alguna de operaciones posteriores entre el Gobierno Nacional y el Sr. Cabal, y sin que figuren en ella, cargados al Banco, los espresados 25,000 fuertes recibidos por Cabal; como tampoco en parte alguna hay constancia de que dicho Señor hubiese hecho otras entregas al Gobierno Nacional, para abonar esa cantidad directamente ó por alguna de sus otras casas bancarias de otras Provincias.

En virlud de estos antecedentes, la Contaduría con fecha Marzo 4 de 1870 (f. 8), cobró 4 Cabal los 25,000 fts., con sus intereses por, cuanto no aparecian adatados al Gobierno en la cuenta chancelada; á lo que aquel contestó con su carla de f. 1.

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:400 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-400

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