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Fallos: 15:397 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Fallo del Juez de Seccion.

Rosario, Julio 14 de 1874.

Vistos estos autos seguidos entre el Fisco Nacional y D. Mariano Cabal, dueño del Banco Comercial que existió en esta ciudad, por cobro de 51,010 $ 75 cts. fuertes, de los que resulta lo siguiente, respecto de los 14,021 $ 70 cts., que hacen parte de esa suma.

A Por la ley Nacional de 25 de Agosto de 1863 sé dispuso que de las rentas ordinarias de la Nacion se destinara la suma de mil onzas de oro al año para la amortizacion del papel moneda de Corrientes, hasta la suma de $ 1,574,069 fts. al cambio de 230 $ por onza; quedando el Poder Ejecutivo autorizado para arreglar la amortizacion en la forma mas conveniente.

En virtud de esta ley, el Gobierno Nacional dispuso, en Enero 20 de 1865 (f. 40), que se entregasen 4 favor del Gobierno de Corrientes ó 4 su órden, letras de Tesorería, de mil onzas cada una, hasta completar el mázimum de la suma que importaba el papel moneda garantido; y que si el papel emitido hasta la sancion de dicha ley y que fuese recogido para la amortizacion, no alcanzase á la suma antes indicada, que se calculaba en 1,574,069 $ fts., el Gobierno de Corrientes devolveria al Nacional la cantidad de dinero que se le hubiese entregado de mas, por las predichas obligaciones.

En mérito de estos antecedentes el Gobierno Correntino,

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:397 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-397

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