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Fallos: 15:391 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Que habiendo sido saldado el primer empréstito que hizo el Banco por la suma de 45,762 $ 39 cs. con dinero efectivo y letras entregadas por la Aduana del Rosario sin que se hayan acreditado al Gobierno los 25,000 fuertes del libramiento, resultaba que Cabal era deudor de esa suma y sus intereses; y esperaba que hiciera la devolucion en Tesorería ó diera las esplicaciones necesarias en descargo.

Cabal contestó que la Contaduría se equivocaba al creerlo administrador de algunos de los establecimientos del Banco Comercial que habia tenido sus administradores en cada uno de los puntos en que estaba establecido. Que las cuentas referentes 4 negociaciones para pago del Ejército del Interior se debian pedir 4 D. Adolfo Mancilla, Gerente del Banco en Córdoba. Que las negociaciones que su casa de Buenos Aires hizo directamente con el Gobierno habian sido cubiertas por giros librados por ella misma.

El Contador replicó dando las siguientes esplicaciones:

Que el Gobierno giró el 7 de Marzo de 1868 contra la Aduana del Rosario un libramiento á favor del Comisario pagador Miró por 45,762 $ fts. 39 cs. para el pago del Ejército en el Rosario; que esa suma fué facilitada por el Banco Comercial de Santa-Fé en 10 de Marzo del mismo año como igualmente otras sumas las que fueron chanceladas en diversas fechas por la Aduana del Rosario con letras y dinero efectivo, habiéndose cerrado la cuenta en 4 de Junio de 1869. Que en 26 de Marzo de 1868 el Gobierno mandó estender un libramiento á favor de Cabal y á 90 dias por 25,000 pesos fuertes por cuenta de las sumas entregadas por el Banco Comercial del Rosario para pago del Ejército del Interior, y en 27 del mismo mes recibió el libramiento D. Máximo Rodriguez apoderado de

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:391 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-391

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