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Fallos: 149:412 de la CSJN Argentina - Año: 1927

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vincia de Salta con fecha 24 de Enero de 1900 vendió a los nctores dos lotes de campo situados en el Departamento de Orán, compuestos el primero de cuarenta y ocho mil ochocientas catorce hectáreas ochenta y tres áreas, cincuenta y siete metros cuadrados y el segundo de cincuenta mil hectáreas con los linderos expresados en la misma. El precio de compra se convino a razón de un peso ochenta centavos moneda nacional la hectárca por el primer lote y de un peso sesenta centavos la hectárea por el lote número dos, abonándose por los actores la suma total de cienta cuarenta y siete mil setecientos veintidos pesos con sesenta centavos moneda nacional.

Que con fecha tres de Noviembre de 1914 los compradores dedujeron ante el juzgado federal de Salta demanda por reivindicsción contra don Luis de los Ríos, a fin de que éste fuera condenado a restituirles la finca denominada «Zanja Honda» de que se hallaba en posesión, compuesta de trece mil sesenta y nueve hectáreas ubicada dentro de los límites asignados al inmueble comprado a la Provincia de Salta por aquellos.

Que citada de evicción en ese juicio la Provincia vendedota, sti cobernador don Delfin Leguizamón, dió poder a don Martin Herrantes, quien compareció a fs. 30, negando que del Rio tuviera derecho algimo en los terrenos vendidos a los actores y afirmando que «el dominio y poscsión ejercido por el sobierno de la provincia era indisentible y como consecnencia de la tradición hecha za dos ce mpridores, lo era el de éstos», Que la acción de reivindicación contra del Río fué desestimuda en primera y segunda instancia, aduciéndose por la Cámara Federal de Córdoba «que aún en el caso de que la provincia de Salta hubiera hecho entrega a dos actores de los Totes múmeros 1 y 2 del Departamento de Ori que les vendiera, dándeles posesión de alguna parte de los mismos, esa entrega no habría surtido el efecto de transferirles la extensión poscida por el demandado o sti camisamie», Que en presencia de ese restitado los compradores recla

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Año: 1927, CSJN Fallos: 149:412 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-149/pagina-412

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