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Fallos: 149:391 de la CSJN Argentina - Año: 1927

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 14 de 1927, Vistos y Considerando :

Que la cuestión debatida en la incidencia que motivó este recurso es de derecho común puramente. pues versó sobre la aprobación de la cuenta particionaria practicada en el juicio testamentario de don Nereo Cabot por el doctor Jorge W. Paunero fs. 764), que algunos de los interesados impugnaron sosteniendo que contrariaba las disposiciones del Código Civil que rigen el caso, el que fué resuelto también por aplicación de las mismas, Que siendo así el recurso extraordinario deducido contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, no puede encuadrar-en ninguno de los incisos del art. 14 de la ley 48, debiende por lo tanto ser desestimado.

Que la circunstancia de haber alegado el recurrente, primero ante el Juez de 1° Instancia al interponer el recurso de fs. 795, y después ante la Cámara de Apelaciones la inconstitucionalidad del auto aprobatorio de la ante dicha cuenta particionaria, por haberse violudo según él los arts. 770 y 66 del Código de Procedimientos de la Capital en la tramitación del incidente, lo que a st vez habria determinado la violación de los arts. 14, 17 y 18 de la Constitución, tampoco hace viable el recurso porque la inteligencia de las disposiciones constitucionales citadas no ha sido cuestionada, y su simple invocación no basta para determinar su procedencia como lo tiene declarado esta Corte en casos análogos. tomo 103 pág. 410 : tomo 113 pág. 136 y otros.

Que, por otra parte, dichas disposiciones de la Constitución no tienen relación inmediata y directa con la cuestión debatida, como lo requiere el art. 15 de la citada ley para que el recurso ex

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Año: 1927, CSJN Fallos: 149:391 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-149/pagina-391

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