compra-venta, la que si hien en regla general debe ir acompañada del libre consentimiento de las partes, hay casos en que este falta, como sucede en las ventas hechas por orden judicial, La adjudicación que autoriza el art. 766 del Cód. de Procedimientos es en el fondo una dación en pago de bienes que está claramente autorizada por las leyes de fondo y de forma, que para casos como el de autos no exije el consentimiento del deudor, Vor esta consideraciones, resuelvo: rechazar las oposiciones formuladas al pedido de adjudicación hecho a fs. 371, con costas, y en atención a las constancias de autos y disposición del art. 7006 del Cód. de Procedimientos Civiles y Comerciales, decretar la adjudicación solicitada por las dos terceras partes de str tasa ción, J..1. Moreno,
SENTENCIA DE EA CÁMARA DE APELACIÓN
Mendoza, Marzo 7 de 1927.
Y Vistos: El llamamiento de autos de fs. 403, para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 402 y concedido a fs. 402 véa., contra el auto de fs. 397 en que, el Inferior, decreta la adjudicación, por las dos terceras partes de su tasación, del inmueble embargado por el ejecutame y de propiedad de los ejecutados en el juicio Ne 6425, caratulado €2° Juzgado de Comercio - Banco del Este contra Nicolás y Carlos Elena Colomer y Agustin Albors, por cobro ejecutivo de pesos», Y Considerando :
1° Que la oposición formulada a fs. 378 sobre la adjudicación del inemueble embargado y sacado a remate, se conereta a lo siguiente: que se trata de un bien raíz indiviso : que el Códido de Procedimientos sólo autoriza la adjudicación de inmuebles y no
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Año: 1927, CSJN Fallos: 149:381
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