esa operación depende la formación del padrón electoral, y ha podido, asimismo, subordinar a tal formalidad la conservación del derecho acordado con el propósito de crear un estimulo eficaz para el cumplimiento de los deberes cívicos, sin que ello implicase alterar en su esencia el concepto de la institución, desde que, entre otras razones, se trata de una condición dependiente de la exclusiva voluntad del beneficiado.
Que no es el caso de examinar la impugnación que hace el defensor del procesado a aqueila parte de la ley 8129, que prescribe que la naturalización no podrá ser readquirida nuevamente, toda vez que en virtud de dicha cláusula no se ha denegado al infractor «e que se trata, ningún derecho que haya sido materia de reclamación en este juicio y en tales condiciones el pronunciamiento del tribunal constituiría una decisión en abstracto sobre la validez de la ley, que no está autorizado a dictar. (Fallos , tomo 95 pág. 51 ; tomo 105 pág. 273 y otros).
En su mérito se confirma la sentencia apelada en cuanto ha podido ser materia del recurso. Notifíquese y devuélvanse.
Ramón Ménnez. — Ronerto RE
PETTO. — M. LAURENCENA.
Don Cristóbal Morcno Postigo, tutor testamentario de los menores hijos de don Ricardo Matia, sobre remoción de tutela.
Sumario: 1° Habiéndose sostenido por el recurrente después de notificado de una sentencia con ocasión del recurso de nulidad deducido contra la misma para ante el superior, que dicha sentencia era nula por haber sido dictada después de promulgada la ley nacional de intervención N 11.323, a causa de que la susodicha ley importaba la caducidad de todos los poderes del Estado intervenido, procede el recurso
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Año: 1927, CSJN Fallos: 148:303
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