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Fallos: 148:299 de la CSJN Argentina - Año: 1927

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Ministerio Fiscal contra Juan García, por infracción a los articulos 2 y VI de la ley N" 8129, Sumario: El principio establecido en el art. 20 de la Constitución, de que los extranjeros "obtienen naturalización residiendo dos años continuos en la Nación", como todos los que ella consigna, no es absoluto, desde que se halla subordinado a las leyes que reglamenten su ejercicio; por lo que, el departamento legislativo del gobierno se halla investido del poder de reglamentar, o lo que es lo mismo, limitar el ejercicio de ese derecho a los extranjeros residentes en el país, estableciendo las condiciones bajo las cuales será acordada la naturalización y las causas que harán perder ese hcneficio; y así, ha podido imponer a los naturalizados la obligación de enrolarse, y subordinar a tal formalidad la conservación del derecho acordado.

Caso: Lo explican las piezas siguientes :


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
La Plata, Abril 26 de 1926.

Y Vistos:

La presente causa seguida a Juan García, de apellido ma4 terno Giro, español, casado, alfabeto, de 52 años, pintor, domiciliado en la calle Albarellos N° 247 (Tigre), por infracción a la ley 8129, y Considerando :

1" Que la infracción imputada al prevenido, se encuentra plenamente justificada en autos, como quiera que los documen

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Año: 1927, CSJN Fallos: 148:299 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-148/pagina-299

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