quien, en consecuencia, se le remitirán los autos, avisándose al de sección de esta Capital en la forma de estilo,
A. Bermejo. — J. FIGUEROA AL-
CORTA. — Ramon Méxpez. — Ro
BERTO REPETTO. — M. LAUREN-
CENA.
A —[ Fisco Nacional contra don Lconcio de Luque (sus herederos), sobre reivindicación.
Sumario: No procede el recurso extraordinario del articulo 14, ley 48, en un caso en que el derecho federal invocado recihió cumplida aplicación y en la extensión sustentada en el pleito por el litigante que lo alegó. (El recurrente fundó su derecho en disposiciones de la ley común).
Caso: Lo explica el siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, diciembre 24 de 1926.
Y Vistos: :
Los seguidos por el Fisco Nacional contra los herederos de don Leoncio de Luque, por reivindicación del lote d, sección a, de la chacra N° 2 de la Colonia Yeruá, para conocer del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia dictada por la Cámara Federal del Paraná. Y Considerando:
Compartir
78Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1927, CSJN Fallos: 148:115
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-148/pagina-115
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 148 en el número: 115 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos