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Fallos: 148:118 de la CSJN Argentina - Año: 1927

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1218 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Empresa The Catalinas Warchouses and Mole Company Limitada, sobre reivindicación.

Sumario: 1 No procede la excepción de defecto legal en la demanda en un caso en que la referencia a las escrituras invocadas y la existencia del plano conteniendo la numeración de los lotes de los terrenos en cuestión, permiten determinar con toda exactitud la cosa materia del juicio.

2 El decreto del Poder Ejecutivo, de fecha 31 de mar- —.

zo de 1888, por el que se concedió en propiedad a los demandados la fracción de tierra reivindicada, dió a los terrenos inmediatos al Puerto y ganados al rio, en cuya condición se hallan los reclamados en el juicio, un destino distinto del señalado por el art. 2° de la ley en vigor, número 1257, de octubre 2 de 1882, y autorizó su enajenación en una forma distinta de la impuesta obligatoriamente al Poder Ejecutivo por la expresada ley ; por lo que tal enajenación, contraria a Esta y convenida por aquél, en ejercicio de facultades de que carecía, no fué así, el acto de la Nación en su carácter de persona jurídica, y sus representantes han estado facultados para desconocer su validez.

3" Es de la naturaleza de las nulidades manifiestas y absolutas, que ellas pueden ser declaradas, aún de oficio, por los jueces en todo litigio dentro del cual se hicieran valer, por vía de acción o de excepción, derechos o pretensiones fundados en el acto nulo, y son insusceptibles de prescripción, si no es como resultado de la prescripción adquisitiva.

4° La disposición del art. 4030 del Código Civil, limitado a legislar sobre las acciones de nulidad allí previstas, no comprende el caso bien distinto, de un mandatario que ha extralimitado sus poderes. :

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Año: 1927, CSJN Fallos: 148:118 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-148/pagina-118

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