competan a esa jurisdicción nacional. El inciso segundo citado, se refiere como he sostenido, a los hechos cometidos en las islas y ríos de jurisdicción nacional, es decir, fuera de las secciones y por eso es que el mismo inciso establece que será competente el juez de sección que se halle más inmediato al lugar; así por ejemplo de los ejecutados en el Río de la Plata, sería competente el de sección de La Plata, si se hubiera cometido próximo a esta ciudad o más cerca de ésta que de la Capital Federal o vice versa; o si en la desembocadura del Paraná, fuera de la jurisdicción provincial, se cometiera un delito más próximo de un juez de sección de Entre Ríos, que de la Capital Federal y de La Plata, sería aquél el competente con pre. ferencia a éstos. Además, este inciso 29, interpretándolo en aquella forma, a juicio del infrascripto equivocado, al establecer la jurisdicción, estaría en oposición del inciso 3" singuiente, que al referirse a los delitos por violación de las leyes nacionales, cometidos en el territorio de las provincias, establece «que serán juzgados en la sección judicial en que se cometieren.> Y no es creíble que el legislador tuviera criterios tan distintos para fijar la jurisdicción en hechos semejantes, mientras que es aceptable y lógico establecer la competencia del más próximo, cuando los hechos se han ejecutado fuera de las secciones, pero dentro de la Nación, siendo para esos casos de justa aplicación el inciso 2", que determina, no la competencia federal, porque eso ya lo establece el encabezamiento del artículo, sino para decir que lo sería el juez federal que se halle más próximo al lugar. Por otra parte, también estos dos incisos estarian en completa oposición al determinar la jurisdicción del juez en cada caso, porque por el inciso 3", una defraudación a rentas nacionales, de Correos, etc., cometida en una isla del Delta del Paraná, dentro de los limites territoriales del estado de la provincia de Buenos Aires, por ejemplo, sería de competencia del .
juez federal de La Plata, por estar dentro de su sección, y si en la misma isla se cometiera un delito común como el que motiva la instrucción de esta causa, por el inciso 2? citado, enten
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Año: 1927, CSJN Fallos: 148:109
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