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Fallos: 147:299 de la CSJN Argentina - Año: 1926

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del tribunal rehusado considerarla en este acuerdo y fuera de El, como rehusara en silencio hacerlo con las de los escándalos del año próximo pasado en el juzgado a cargo del doctor Juan Alvarez, que motivara la queja del suscrito a la Suprema Corte en que ésta se declaró incompetente, resuelve: 1°, pasar copia de dicha denuncia al señor juez y al señor fiscal respectivos para la iniciación de las acciones penales a que hubiere lugar; y 2, requerir del señor juez aludido, informe sobre lo ocurrido.

José M. Fierro.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Julio 2 de 1928 Suprema Corte: A El juez de paz de Serodino, provincia de Santa Fe, don Do- :

mingo Graffigna (hijo), fué acusado por don Domingo Bonifatti ante el juez federal del Rosario, como infractor a la ley N" 8871, sobre elecciones nacionales, hecho cometido en los comicios de diputados nacionales celebrados el 29 de mayo de 1925.

Consistia la infracción imputada a Graffigna, a estar a los y términos de la comunicación de fs. 1, en haber abandonado éste el juzgado local de Serodino, trasladándose a Clarke, localidad de la misma provincia, donde hacía propaganda polític en favor de uno de los partidos en lucha.

Sustanciada la causa, el juez federal condenó al acusado ::

sufrir nueve meses de prisión y al pago de todas las costas procesales. ° Apelada dicha resolución, la Cámara Federal del Rosario la

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Año: 1926, CSJN Fallos: 147:299 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-147/pagina-299

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