Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 146:132 de la CSJN Argentina - Año: 1926

Anterior ... | Siguiente ...

de los que cobra el Banco de la Nación Argentina desde la fecha de la notificación de la demanda, con costas, Notifíquese, repóngase el papel y archívese.

A. BerMeJo.—Ramón Méxpez. — Ronerro Reperro, — M. Lau

RENCENA.
Don Pedro Bataglia contra cl Fisco Nacional, por devolución de dinero.

Sumario: Resultando de las constancias de los libros del destilador, conformes con la declaración jurada del mismo, que no existió el exceso de alcohol por el que se formuló el car£0, corresponde la devolución del impuesto pagado por ese concepto. (Artículo 792 del Código Civil).

Caso: Lo explican las piezas siguientes :


SENTENCIA DEL SEÑOR JUEZ FEDERAL
Mendoza, Febrero 1.° de 1994 Y Vistos:

Los presentes autos de cuyas constancias resulta :

Que a fs. 4 don Juan F. Cuartara demanda al Fisco Nacional, por devolución de pago de siete mil doscientos seis pesos con cuarenta centavos m/n.. que Battaglia y Cia. abonara en los autos N." 35.369 en concepto de impuestos. Como fundamentos, expresa : Que la sociedad Battaglia y Cía., de la que su mandante Pedro Battaglia es sucesor, adquirió en la bodega de don Luis

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

64

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1926, CSJN Fallos: 146:132 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-146/pagina-132

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 146 en el número: 132 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos