restituyéndole el precio de la misma, e indemnizándole los daños y perjuicios sufridos, de acuerdo
47 Que a esto no puede oponerse la disposición del artículo 2110, según la cual cesa la obligación impuesta al enajenante por 'el artículo 2108 de responder por la evicción cuando el adquirente turb:do por un tercero en el uso de la propiedad, goce o posesión de la cosa, no lo cita para que salga a su defensa, porque mediando en el "sub lite", la circunstancia especial de que el Gobierno era el otorgante de ambos titulos de dominio sabre el «rismo inmueble, carecía de objeto la citación al Poder Ejecutivo para que saliera a la defensa, porque es evidente que no habría tenido oposición justa que hacer al reconocimiento de un título de dominio concedido por él articulo 2111), 57 Que descartadas de las ciento ochenta y ocho mil diez hectáreas ochenta y dos áreas y cuarenta ceatiáreas, existen tes, según la mensura de Pietranera, dentro de las doscientas mil vendidas a Waldron y Wood, las doce mil novecientas treinta y des hectáreas, ochenta y dos áreas, cuarenta centiáreas adjudicadas a Fenton y Sparks, las que debieron ser indemnizadas a la actora en la forma expuesta en los considerandos anteriores, sólo correspondi: indemnizarle por integración, de acuerdo con el citado decreto de 24 de marzo de 100, once mil novecientas ochenta y mueve hectáreas evarenta y "mn áreas catorce centiáreas, que era la diferencia entre |-s doscientas mil del título de la actora y las ciento ochenta y ocho mil diez hectáreas, ochenta y dos áreas, cuarenta centiáress, de ficha mensura edecreto del 8 de febrero de 111, fojas 8).
65 Que no fué así, sin enbargo, porque debido al error en me había incurrido el ingeniero Max Berlin, cuya mensura sólo dió una extensión de ciento setenta y nueve mil trescientas catorce hectáreas, catorce áreas y veinte y cuatro centíáreas, además de indemnizarle el Gobierno las dos mil ciento sesenta
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:72
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