rece de la facultad de modificar las leyes, mal puede tener ese alcance las simples resoluciones ministeriales, Que, por otra parte, actualmente el mismo Ministerio de Agricultura, interpretando la ley en el mismo sentido que el proveyente, ya no concede prórrogas a las patentes otorgadas, como puede verse en el Boletin Oficial del 28 de febrero de 1923, página 567.
Por ello resuelvo: no hacer lugar a lo peticionado y devolver al interesado todos los documentos que acompaña. Artículo 200 del Código de Procedimientos en lo Criminal. Rep.
la foja.
Miguel L. Jantus.
VISTA DEL, FISCAL DE CÁMARA
Buenos Octubre 20 de 1024 Exma. Cámara: .
De acuerdo con los fundamentos aducidos por el señor Juez a quo, considero que corresponde se sirva V. E. confirmar, con costas, la resolución apelada de fs. 21, que no hace lugar a lo peticionado por los actores señores Juan Viano y Cia., en autos contra Esteban Bongiovanni, sobre falsificación de patente.
Manuel B. de Anchorena.
SENTENCIA DE LA CÁMARA PRIMERA DE APELACIONES
Buenos Alres. Noviembre 24 de 1984 Y Vistos:
Par sus fundamentos, se confirma con costas, la resolución apelada de fs. 21, que no hace lugar a lo peticionado por
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:353
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