FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bueuos Aires, Agosto 28 de 19:5 Y Vistos:
Don Fermin M. Estevarena, por la Sociedad "Benvenuto y Cia", se presenta ante esta Corte y expoñe: Que viene a promover demanda contra la provincia de Mendoza, por cobro de pesos provenientes de cupones correspondientes al empréstito exterior de 5 ojo oro sellado de -1919, creado por la ley de la provincia el 28 de agosto de 1909.
Que los cupones de que la sociedad es tenedora, alcanzan al número de un mil trescientos veintiuno, según se indica en las planillas que se acompañan, e importan a razón de pesos oro sellado, uno con veinticinco cada uno, la suma de un mil seiscientos cincuenta y un pesos con veinticinco centavos oro sellado.
Que no ha podido obtener el pago de los cupones en oro o su equivalente en moneda nacional a lo que tiene" derecho, conforme a la cláusula tercera de la obligación general contenida en el mismo título, derecho de los tenedores de titwos y cupones ampliamente reconocido por sentencias de este "Trihbunal recaidas en juicios análogos.
Que pide en consecuencia que se tenga por entablado este juicio y en su oportunidad se condene a la provincia demandada al pago de la suma reclamada, con intereses y costas.
Que acreditada en cuanto ha 'ugar por derecho la jurisdicción originaria de esta Corte y conferido el traslado correspondiente a la provincia de Mendoza, el representante de la misma expresa: Que no tiene defensa alguna de orden le1) En la misma fecha se dictó ¡gual resolución en el juicio seguido entre las mis «a mas partes pur idéntica cnusa y, en igual sentido en la seguida por el Banco Holandés de la América del Sud, por cubro de pesos.
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:235
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