Fisco Nacional y Milciades Virasoro contra la sociedad Monte Dinero Sheep Ferming Company Ltda., por defraudación a la renta fiscal. Violación a la ley 1.349.
Sumario: 1" La circunstancia de haberse substanciado la causa por los trámites correspondientes a los juicios correccionales en vez de serlo por los del juicio criminal, no autoriza por sí sola la interposición del recurso de nulidad, el que sólo procede cuando se han omitido las formas substancia'es del procedimiento, es decir, la acusación, defensa, prueba o sentencia, requisitos que, sin ninguna duda, aparecen observados en la presente causa.
2 El defecto de haberse inprimido el procedimiento £orreccional a una causa que por su monto correspondia ser tramitada por el ordinario del juicio criminal no puede :
ser causa de nulidad si el querellado lo aceptó expresamente. (No hay disposición alguna en el Código de Procedimientos en lo Criminal que prohiba que el querellado renuncia a los trámites solemnes del juicio ordinario y admita la forma de defensa establecida por la ley para el juicio correccional.
3" No es causal de nulidad de una sentencia la falta de substanciación de la excepción de incompetencia deducida en calidad de defensa general y no en forma de artículo previo.
4 El conocimiento de una causa por infracción a la ley 10.349 en concordancia con el artículo 1034 de las Ordenanzas de Adiana, cometida en un Territorio Nacional, corresponde al juez letrado respectivo. (En el caso, el de Santa Cruz). :
5" Tratándose del mismo hecho delictuoso y del ejer
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:111
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