que ha sido materia del recurso. Notifíquese y devuélvase, debiendo reponerse el papel en el Juzgado de origen.
A. Bermejo. — J. FIGUEROA AL-
CoRTA, — RAMÓN Méxnpez, Fisco Nacional contra Blás, Osvaldo y Carlos Testoni y Aquiles y Pedro Chiesa, sobre expropiación.
Sumario: Corresponde confirmar una sentencia que asigna al bien expropiado un precio que se halla en relación con el que se estableció por la Corte Suprema a terrenos contiguos a los que son materia del juicio, y que hace una estimación equitativa de los perjuicios producidos en el caso por el fraccionamiento y desvalorización de que se hace mérito.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA DEL SEÑOR JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Diciembre 26 de 1402 Y Vistos:
Les promovidos por el Fisco Nacional contra Blás, Osvaldo y Carlos Testoni y Aquiles, Pedro y Antonio Chiesa, sobre expropiación de los que resulta:
1.° Que de acuerdo con el decreto del P. E, de fs, 6, el señor Procurador Fiscal inicia este juicio tendiente a expropiar tierras consideradadas de utilidad pública por la ley 9126, afectadas por la canalización y rectificación del Riachuelo, en
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:106
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