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Fallos: 143:96 de la CSJN Argentina - Año: 1925

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el decreto de 15 de marzo "conceda en ocupación precaria" los lotes señalados en el mismo, no es óbice para considerar las relaciones de derecho constituidas entre ella y Modarcili como de derecho privado, y, dentro de éste, como un contrato innominado regido en primer término, en cuanto a sus consecuencias y efectos por st propio contenido y subsidiariamente por Tas disposici mes del contrato de locación que es el que mayores analogías guarda con el pactado, artículo 1143 Código Civil.

Que, aunque el precario según su acepción doctrinal sea un acto de simple tolerancia revocable a vo'untad del que ha concedido la cosa sin que pueda dar derecho alguno al poseedor, la naturaleza y carácter de la ocupación precaria convenida por el actor con la provincia de Buenos Aires se determina no por aquel criterio tradicional sinó por el contenido de los decretos de 20 y 30 de diciembre de 1914 y 1915 reglamentarios del articulo 25 de la ley de presupuesto, Que, en efecto, los artículos 2" y 17 del decreto de 30 de diciembre de 1914, solo confieren a la provincia de Buenos Aires el derecho de subrogar o desalojar a los ocupantes durante el término concedido a) cuando los terrenos se saquen a subasta de venta o arrendamiento o se apliquen a st destino y b) cuando los concesionarios falten al cumplimiento de las obligaciones que el decreto les impone, Que en el caso de este juicio no se ha demostrado por la provincia la existencia de ninguna de esas dos situaciones que autorizarian la caducidad de la concesión y el consiguiente desalincio, Que, al contrario, el desalojamiento del ocupante ocurrido dos años antes de vencido el término señalado al contrato se ha producido, por mandato judicial en el juicio de interdicto seguido por don Rafael Caviglia contra la provincia de uenos Aires (vease testimonio en fojas 146 y fojas 147) esto es, a mérito de una situación no prevista en el recordado de

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Año: 1925, CSJN Fallos: 143:96 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-143/pagina-96

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