FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Febrero 11 de 1925 Vistos y Considerando:
Que en la presente causa contra el autor o autores des conocidos del hurto de una máquina de escribir cometido en la Legación de los Estados Unidos Mexicanos, no aparece comprometida alguna de las personas de la Legación a que se refiere el inciso 37, articulo 1.5, ley 48 y artículo 21 del Código de Procedimientos en lo Criminal, por lo que no corresponde a la jurisdicción originaria de esta Corte, y oido el Señor Procurador General, asi se declara, Devuelvanse al Señor Juez de Instrucción remitente.
A. BeruEJO — ]. FIGUEROA AL-
CORTA, — RAMÓN MÉNDEZ. — Ronerto RePETrO, — M, Lau
RENCENA.
Don Genaro Martinez contra el Goberno Nacional, sobre goce de pensión.
Sumario: La pensión a que da derecho el artículo 1.° de la ley 4235. es la equivalente al sueldo de que gozaba el interesado cuando le sobrevino la incapacidad definitiva que le puso en el caso de solicitarla, Es justa y arreglada a «derecho la pretensión del actor de que se le pague la dife
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Año: 1925, CSJN Fallos: 142:386
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