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Fallos: 142:374 de la CSJN Argentina - Año: 1925

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Buenos Aires, Septiembre 1: de 1:21 Visto el presente strario instaurado a mérito de la denuncia formulada por el empleado señor Manuel Ares de Parga del que Resulta :

1" Hallarse plenamente comprobado que el Vista Sr. Arturo J. Orfila que intervino en el despacho aceptó el valor de pesos oro catorce mil (S oro 14.000) para ocho automóviles "Renault" pedidos por manifiesto 104.750:

2" Evidenciarse por las facturas agregadas de fojas 23 a 30 y fojas 37 que para la misma mercaderia se asigna un valor de (S oro 23.206.51) veintitres mil doscientos seis pesos con cincuenta y un centavos moneda nacional oro, y Considerando:

Que el artículo 12 de la ley 4933 estatuye que los derechos de las mercaderías no incluidas en la Tarifa de Avalos se liquidarán sobre los valores declarados por los despachantes con la exhibición de facturas; Que por resolución de fecha 1." de abril de 1919 (R. V.

41) inserta en el DB. O. N." 7548 de 8 del mismo mes y año, el Ministerio de Hacienda al dilucidar una cuestión relacionada con la fijación de valores dejó expresamente determinado que "ella debe resolverse con arreglo al propósito bien manifestado de la ley, prescindiendo por lo tanto de todo descuento, reba ja 0 bonificación que se acuerde a cualquier título para ha cerse única y exclusivamente en el precio que la mercadería " tiene asignado en general para su adjudicación en la forma

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Año: 1925, CSJN Fallos: 142:374 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-142/pagina-374

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