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Fallos: 141:378 de la CSJN Argentina - Año: 1924

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SENTENCIA DEL SEÑOR JUEZ FEDERAL :
Tucumán, Abril 7 de 1926 Y Vistos: , Estos aus donde se presenta don Benjamín Centeno en representación del Ferrocarril Central Córdoba iniciando acción posesoria de interdicto de obra nueva, contra la Administración General de los F. F. C. C, del Estado, fundándola en que estos pretenden la construcción de un ramal de Santa Felisa a San Pablo y el cruce de sus vías, con cortes en sus rieles y alambrados (fs. 25 a 28).

Y Considerando:

1." Que declarada por la Suprema Corte la competencia de la justicia federal para entender en este juicio de interdicto posesorio promovido por el Ferrocarril Central Córdoba contra los F, F. C. C. del Estado, representados por la Administración General de Ferrocarriles Nacionales, por el cruce de sus vías y construcción del ramal de Santa Felisa a San Pablo, corresponde determinar si en el sub lite deben aplicarse para resolver el litigio, las disposiciones pertinentes del Cód.

Civil o si el caso está regido por leyes especiales, dada la calidad de las partes — empresas ferroviarias nacionales — que prestan servicios públicos de interés general.

2 Que si han de aplicarse al presente caso las disposiciones de la ley civil que amparan la posesión de los bienes de los particulares o sea, en el sub judice, los de la empresa acto ra, para impedir la prosecución de las obras emprendidas por el Estado, la acción intentada sería procedente, toda vez que la parte demandada no ha negado los hechos en que se funda la demanda, discrepando únicamente en cuanto a la ley a aplicarse.

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Año: 1924, CSJN Fallos: 141:378 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-141/pagina-378

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