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Fallos: 141:171 de la CSJN Argentina - Año: 1924

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nores, me veo, en el ejercicio de las facultades que el cargo me confiere, en la necesidad de recurrir a V. S. solicitando autorización para vender al señor Narciso Nores la propiedad que dejo expresada, por la stima de pesos ciento veinticinco ¿mil min....." Ofrece sumaria información para comprobar que la casa se encuentra muy deteriorada, y que su conservación requiere reparaciones que demandan grandes cantidades de dinero.

La prueba ofrecida se dirige a fin de obtener que los testigos manifiesten si saben y les consta que él (Salvatierra), se encuentra sin recursos pecuniarios con que atender a los gastos que originan las refacciones a que se refiere la" pregunta anterior; y para que manifiesten finalmente que es conveniente para los intereses de los menores la venta de la casa objeto de este juicio.

Los testigos declaran de conformidad, y al día siguiente » sea el 19 de abril de 1916, el Juez doctor Manuel S. Ruiz concede la autorización pedida.

En el juicio seguido en esta ciudad ante el señor Juez doctor Arturo Gallegos Sánchez, consta que don Belisario Antonio Arias, en 1t de abril de 1919 promovió el juicio sucesorio por fallecimiento de su señor padre don Pablo C. Arias; y que en 24 de marzo de 1920 se dictó aquí el auto de la declaratoria de herederos del causante (fs. 26 vta.).

Consta también a fs. 35 que el señor Pablo C. Arias (hijo), dice el mismo Juez de la causa que por expediente aparte —_, ha sido nombrado tutor de sus hermanos menores por lo que pide se le tenga como tal.

Se considera del caso mencionar que, hecha la declaratoria de herederos, don Belisario Antonio Arias promovió cuestión de competencia y que el Juez doctor Arturo Gallegos Sánchez mandó librar oficio "inhibitorio al Juez de Santiago del Estero cuya incidencia terminó con el fallo que la Suprema

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Año: 1924, CSJN Fallos: 141:171 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-141/pagina-171

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