Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 140:336 de la CSJN Argentina - Año: 1924

Anterior ... | Siguiente ...

ha versado únicamente sobre la existencia o inexistencia de contrato escrito, Caso: lo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Noviembre 23 de 1923 Suprema Corte:

En la presente causa sobre consignación de alquileres seguida por Eduardo Garese contra Eugenio Dumas y Cía. ante el Juzgado de Paz de la Sección 2.° se discute si el contrato de locación agregado a fs. 5 está o nó en vigencia.

El Juez ha declarado lo privero interpretando y aplicando lo dispuesto por el artículo 1622 del Código Civil, estableciendo así que las relaciones de derecho existentes entre locador y locatario deben regirse por dicho contrato, En tal virtud la cuestión relativa a la consignación hecha invocando la ley 11.157 e impugnada por el demandado como contraria a disposiciones de la Constitución Nacional y resuelta por el Juez declarando la inconstitucionalidad de aquella lev, con el rechazo de dicha consignación, es idéntica a la resuelta por V. E, (Ercolano contra Lanteri Renskaw) por lo que soy de opinión que corresponde confirmar la sentencia apelada en la parte que ha podido ser materia del recurso.

Horacio KR. Larreta.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

42

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1924, CSJN Fallos: 140:336 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-140/pagina-336

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 140 en el número: 336 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos