Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Setiembre 11 de 1873.
Vistos : por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja treinta y cinco, y satisfechas aquellas y repuestos los sellos, devuélvanse.
SALVADOR M. DEL CARRIL.— FRANCISCO
DELGADO. —José Barros Pazos.— J. B. GoRosTIAGA.—dJ. DoMINGUEz.
— Ma —
CAUSA CIII
Jourdan y Tronchon contra D. Bernardo Pondal, por cobro de pesos.
Sumario. — Tanto en lo civil como en lo mercantil es espresamente prohibido 4 los jueces suplir de oficio la escepcion de prescripcion.
Caso. —El Dr. D. Luis Fasulos, en representacion de D. Alejandro Jourdan y D. Aquiles Tronchon, demandó en
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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:38
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