CAUSA CI.
Criminal, contra Cárlos Puelman (prófugo) y Pedro Dumas, por falsificacion de moneda.
Sumario.— 19 Los actos de fabricar, introducir ó espender moneda falsa constituyen el delito de falsificacion de moneda.
2" A los cómplices en este delito se les impone una pena menor que á los autores.
30 Mucho mas si la complicidad es posterior á la fabricacion.
Caso. — Cárlos Puelman y Pedro Dumas fueron procesados ante el Juzgado Federal de Buenos Aires, por el delito de dorar monedas de plata para hacerlas circular como oro.
Los procesados fueron tomados en el momento en que Puelman iba á entregar á un individuo desconocido una moneda dorada con la apariencia de una onza de oro, la que dejó en poder de su dependiente Dumas, mientras él entraba á un café en busca del mencionado individuo.
Sorprendidos por la Policia, Dumas largó al suelo la mo
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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:32
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