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Fallos: 14:344 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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habian descargado maderas para Beltran á razon de ciento cinco pesos el millar de piés, agregándole dicho Seixas que este precio le habia ofrecido aquel, y que el testigo no queriendo darle cuenta de las operaciones de la casa, le contestó que no era cierto, no obstante serlo en realidad.

Declaracion de f. 27 vta. y 28).

30 Declaraciones de los testigos Domingo Anglade y Francisco Loncaysi segun los cuales, retirándose un dia del mes de Mayo último, cerca de anochecer del corralon de Beltran, en la calle de Callao, tomaron por Rivadavia y al llegar á la de Garanifas se encontraron con un individuo que no conocian, pero que resultó ser el Sr. Seixas hijo, presente en el salon del Juzgado, y él que segun el primer testigo, trabó conversacion con Beltran sobre parto del cargamento de madera que el último decia faltarle, agregándole el mismo Beltran que esperaba que no se retractaria del precio convenido de ciento cinco pesos el millar de piés, de pino y replicándole Seixas que no habiendo contrato escrito podia cobrarle con arreglo 4 tarifa, y segun el segundo testigo algo hablaron los dichos Beltran y Seixas sobre fallas en la madera sin poder precisarlo por haberse retirado algo de los interlocutores y por la confusion producida por los gritos de ambos, pero si, asegura haber oido claramente que Beltran le dijo al otro, Seixas, que habiendo convenido á ciento cinco pesos por el pino, solo tenia derecho á cobrar dicho precio, á lo que habia contestado el último que no habiendo contrate escrito podia cobrarle el precio de tarifa. ( Declaraciones de fojas 29 á 32 y 36 4 39).

Go Que los dos últimos testigos se han ratificado en su declaracion en presencia de Seixas y á pesar de haber este negado no solo la verdad de los hechos espuestos por cada testigo, sinó la presencia de estos, y de haber

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:344 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-344

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