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Fallos: 14:341 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Enero 13 de 1874.

Vistos: Por sus fundamentos y siendo la condeuacion en costas de la sentencia de foja ochocientos uno posterior á la presentacion en juicio del poder de foja setecientos ochenta y nueve, se confirma con costas el auto apelado de foja ochocientos ochenta y cuatro vuelta; satisfechas la de esta instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.

SALvaDor M. DEL Cannir.— Francisco DeLcaDo.— José Bannos Pazos.

—J. B. GonosTiaGa.

DE) Gr CAUSA Il, Los Señores Seizas y Compañía, contra D. Vicente Deltran, sobre cobro de pesos.

Sumario.—10 Es válida la declaracion de un testigo prestada fuera del término concedido por el juez para la prueba, si dentro de dicho término se ha fijado dia para la declaracion, y esta se ha prestado dentro del establecido por la ley.

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:341 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-341

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