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Fallos: 14:185 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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CAUSA CXXVI.
D. Manuel Ocampo, contra el Fisco Nacional, sobre jus'ificacion de propiedades de mercaderías.

Sumario. — 19 Las cuestiones ya decididas no pueden ser materia de discusion.

20 Los requisitos prescritos para los conocimientos son necesarios para que hagan fú entre las personas designadas por el art. 1199 y para los efectos del artículo 1210 del Código de Comercio: pero su falta no impide que un conocimiento sirva de prueba para acreditar quien fué él que cargó los efectos en él contenidos, 20 Reconocida y no objetada la personeria del actor durante el curso del juicio, no puede hacerse cuestion de ella en última instancia, máxime cuando los hechos que fundan la personería fueron manifestados desde el principio del pleito, y aceptados para admitirla.

Caso.—Ejecutoriado el fallo de la Suprema Corte de 27 de Junio de 1871, D. Manuel Ocampo pidió al Juzgadc Nacional de Santa Fé se le admitiera á probar la justificacion requerida por dicho fallo,

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:185 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-185

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