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Fallos: 14:143 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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Caso.—D. Santiago Tizzone, estrangero se presentó ante la Suprema Córte con el siguiente escrito:

Considerándome despojado de mis lejítimos derechos, por una resolucion del Gobierno de la Provincia, contra las garantías que me acuerda la Constitucion, y cuya anulacion no he podido conseguir del Superior Tribunal de Justicia, me hallo en la necesidad de ocurrir á V. E., ecmo fiel guardian de esas garantías, solicitando la justicia que no me ha sido posible obtener ante las autoridades provinciales.

El caso es el siguiente :

En el año de mil ochocientos sesenta y ocho, D. Antonio Sotelo, solicitó del Gobierno la compra de un campo fiscal, una legua cuadrada) que poseía, á título de arrendatario.

Poco despues falleció aquel y sus herederos me vendieron las haciendas y poblaciones establecidas en dicho campo, asi como sus aceiones y derechos posesortos para la compra de este, como arrendatarios, haciéndome la cesión y transferencia de esos derechos y acciones por medio de una escritura pública, en seis de Noviembre de mil ochocientos sesenta, desde cuya época, estoy en posesion de dicho campo.

Con mi titulo de cesionario de los lejítimos y únicos herederos de Sotelo, me presenté al Gobierno en mil ocho- cientos setenta y dos, reproduciendo la solicitud de compra, la que fué admitida y sustanciada, con arreglo á la ley de la materia.

Durante la tramitacion de esta gestion, se presentó D.

Manuel Anazagasti, solicitando comprar en remate público ese mismo campo; pero su pretensión fué impugnada por el Departamento Topográfico y el fiscal del Estado, que aconsejaron al Gobierno su rechazo, en virtud de los preferentes derechos á su compra, que me corresponden como

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:143 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-143

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