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Fallos: 138:362 de la CSJN Argentina - Año: 1923

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É Eu TALLOS DE LA CORTE SUPREMA
ñ , e E La Doña Moria Cde Franki contra el Ferrocarril Buenos Aires a a Pasfico. erre iMdemnización daños y perjuicios E Sumario 1 Ne corresponde tomar en consideración em la ES imtancia extraordinaria antorizada por el artíctilo 14 de la É ler 8. La dieonformidad reíativa a la inteligencia de uma Ls les, bel que la miecó arte el inferior, se conformo en esi E parre com la entencia recurrida, É - 40 No precede el recio extraordinario contra una , A sentenza «ue decide uma simple cuestión de hecho y de E Y procha, tal conto la relatos al momo de La indensización e. y estpa concurrente Ve la vicrima, derivadas de las cireunspu tatietas ¡de agar y tiempo en aque se produjo el accideste, Be, Beer "ase Lo enplica el siguiente:


E uE FALLO DE LA CORTE SEPREMA
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Eo , "Buenos Alten, Agonto úl de 1553 1 Y Vistos:

BE: Los ceguido por doña Maria €. de Erunehi comra el FeYa Mea ca°teil Esteros Ves al Pacifico, cobre indenmización de daños E + periticos, venidos en apelación extraordinaria de la Camara Er : : Federal de La Piar. o. : ; — ¡ Y Comideramdo: -— E E e da parte actora fundo derecho ata indemnización, ua ms em la tesportabililad que atribeye a la empresa por no haber E O solocado barreras ni guarda en el paso a mivel en yfe se pro o dujo el accidente que ocasionó Ta muerte de don Federico y don A
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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:362 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-138/pagina-362

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