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Fallos: 137:80 de la CSJN Argentina - Año: 1922

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Gente stbre nulidad de procedimientos seguido contra el Dr.

Secar Viñas en tos atitos testarentarios de doña Manteta Ortiz de Rosas Hoffmeister, a mérito de que el recurso de inconstituconalidad legislado por los articulos 330 y siguientes del Cótigo de Procedimientos no es procedente para ante la Sorte Suprema; a lo que se agregaba, que tampoco lo seria en El aso E estraordinario que autoriza el artículo 14 de la ley 18, desde que las cuestiones debatidas y resueltas en el pleito se haTaban regidas por el derecho común, cuya aplicación es ejena a dicho recurso, según lo dispuesto en el artículo 15 de la ente ley 48.

En la misma fecha no se hizo lugar a la queja deducida por don Vicente Castello en autos con don Carlos Biondi, sus herederos, por cobro de un crédito hipotecario, por aparecer de 1 propia exposición del recurrente que se "ha mandado proceder a la venta de los bienes hipotecados", por renuncia a los trámites de la ejecución, lo que, con arreg'o a lo reiteradamente restielto, no reviste el carácter de sentencia definitiva que pueda autorizar el recurso extraordinario pars ante el tribunal.

En veintitres del mismo se declaró improcedente. la quej:

delucida por don Laureano Gurrea en autos con doña Magdalena Z. de Bonzinguez, sobre desalojamiento, por resultar g de la exposición del recurrente que la cuestión habia versado sobre la interpretación y aplicación de las leyes 11.156 y 15.157 de derecho común, y puntos de hecho ajenos al recurso extraordinario, según el artículo 15 de la ley 48.

Con fecha veinticinco no se hizo lugar a la queja deducida ¡or Jon Miguel De Bueno en atitos con doña Dolores Sán

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Año: 1922, CSJN Fallos: 137:80 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-137/pagina-80

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