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Fallos: 137:265 de la CSJN Argentina - Año: 1922

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Por estos fundamentos y los concordantes expuestos por el señor Procurador General, se declara: que el impuesto co- ..

brado «los demandantes señores Carlos y César Ugarte, es violatorio de la Constitución Nacional, y que en consecuencia la provincia de Entre Ríos debe devolver a los actores la suma reclamada dentro del término de diez días, con sus intereses desde la notificación de la demanda, a estilo de los que cobra el Banco de la Nación en sus descuentos, con las costas de este juicio. Notifíquese y repuesto el papel archivese.


A. Brujo. — NICANOR G. DEL
Sorar. — D. E. Paracio. — J. Ficueroa Arcorra. — RaMÓN Ménpez, Fisco Nacional contra The Western Telegraph Co. Limited, y sobre expropiación.

Sumario: Debe mantenerse la suma asignada por el perito ter.

cero ala cosa materia del juicio de expropiación, en un caso en que mo hay en autos antecedentes bastantes para desvirtuar el dictamen de aquél.

Caso: Lo explican las piezas siguientes :


E SENTENCIA DEL SEÑOR JUEZ FEDERAL
ñ : Buenos Aires, juño 5 de tai tia y Y vistos: ; y Los promovidos por el Fisco Nacional contra la Compa+ ñid The Western Telegraph Co." Limited sobre expropiación de los que resulta: : : y: , E E O Er

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Año: 1922, CSJN Fallos: 137:265 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-137/pagina-265

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