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Fallos: 135:200 de la CSJN Argentina - Año: 1922

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Quiaca, sin permiso mi intervención de Las aduanza- nacionales, rateriales por un valor stiperior a cien mil pesos oro sellado, introducidos libres ce derechos en virtud de las estigmlacióne de la ley 5315. Pidió se le acordase la participación corres pondiente al rol de denunciante sobre la pena pectmiaria 2 im H mmerse, Mientras se ieamital 4 en esta el «mario, el señor Joa Joso DBatmalle se presentó ame el Juzgado Federal de la Capital con feet 31 del mismo mes y año denminciando análogos hechos, con la especificación de que los aciguiremes ¿e do me teriales eron los siguientes: "E. Dexonrotx", "Fontana y Cia".

"Deitmo Hnos", 1 Brenter e hijas", "Compañía de Fero carriles en la Provincia de Buenos Vires", "Viuda de Juan Spreáfico". "Five hi y Cia", "DD. Cabanillas". "Di Lorenza y Firpo", "M. Mrsaldo", °S. Mietto y Ca" El señor Hatmalle transeribió en sti escrito dos peticimes presentadas con ante sioricaud al Ministerio de Hacienda sobre el mismo hecho, de cuyo testo restiltaba haberse formulado la denuncia ante las intoridades administrativas en junio de 118 to sex con ante rieridad a ta presentación del señor Sárchez Bosdo. En esis peticiones determinaba que Las ventas se e-calonaron - desie vetubre de 116 a mayo de 1918, representando un valor aproxi mado de trescientes ochema mil pesos i1woneda nacional, Por Imberse declarodo incerpetemtes los tribales de la Canital Federal, paró el expediente a este juzgado, con fecha dos 4:

nerubre comulaniosele al amterior, Llamado a prestar declaración indagatoria como representante del Ferrocarril de Rosario a Mendoza y Puerto Granma deros, el sindico del concurso formado a dicha empresa, ésta manifesto haber vendido algunos materiales a distintas porsonas sin poder determinarias, agregando que lo enajenado estaba exento del pago del impuesto 1ís. 8). Pricticironse despues diversas diliven.ias sumariales y entre ellas el secuestro se los Tibros de la empresa y el informe pericial del contador Mberto Arevalo És ¡04 a 115), Luego, se presentaron las

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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:200 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-135/pagina-200

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