. E.
12 O FMLOS DE LA CORTE SUPREMA , DICTAMEN DEL, SEÑOR PROCURADOR GENERAL Buenos Aires, Abril 2 de 11.
Suprema Corte:
En la causa seguida arte el Juzgado de Primera instancia en lo Civil de la Capital de la Nación por Guilbert y Gantner contra Jane Vieyra por cobro de pesos, el juez dispuso «que los demandados tnificasen =u representación, sogpena de designar un representante común a todos elles Como éstos 10 lo hicieran dentro del término del requerimiento que en tal sentido se les hizo, el juez nombró a un abogado, extraño ala Causa, para que representase a toíos los > demandados. , Uno de ellos, representado por don Manuel Villarmo Paz.
«estuvo que tal designación se había hecho con violación de la dispuesto por el articulo 18 de la Constitución Nacional, que declara inviolable la defensa en juicio de los derechos.
Impugnó por cello la validez constitucional de la dispo. r sición legal en in cual el ¡nez pudiera fusdarse para separario de la causa.
Desestimata esta alegación en ambas in-tancias, recurrió para ame V. E. siérdole denegada la apelación.
Creo que sorresponde revecar esta resolución - denega- 1 toria.
El recurso imerpuesto para ante V. E, reúne, en mi opt.
nión, los requisitos exigidos por el articulo 14 de la ley 48 Se trata, en efecto, de la invocación oportuna «de una cláusula constitucional, en la cnal el recurrente apoyó su derecho, » La resolución dictada es contraria a este derecho, Ello da. pues, jurisdicción a V. E. para revisar, en el recuro exr traordinario de apelación que se ha interpuesto, la resolución añelada. :
Tal es mi dictamen. José Nicolás Matienzo.
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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:192
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