— EMLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Mayo 23 de 19:1 Autos y vistos: El recurso de queja por denegación del extraordinario interpuesto por don Manuel Villarino en mérito de la representación que ejercita contra semencia de la Cámara Segunda de Apelaciones: en lo Civil de la Capital, en el juicio seguido por los señores Gilbert y Garter contra don Jaire Vieyra, hoy su sucesión, .
r Considerando Que según resulta de los autos venidos por vía de informe. la resolución de fojas 8:, ordenando que se unificara la representación, fué consentida y en su mérito y por no haberse cumplido la intimación. el tribunal nombró el representante común aplicando principios y disposiciones supletorias de carácter procesa! , Que esta última resolución fué materia de un recurso de revocatoria en el que se impugnó el nombramiento de represen- ! tante común hecho por el juez en la persona de un extraño a la sucesión diciéndose que las disposiciones procesales aplicadas a tal efe:to contrariaban el precepto del artículo 18 de la Constitución que declara inviolable la defensa en juicio de la , persona y de los derechos.
Que para la procedencia del recurso extraordinario no basta invocar la cláusula constitucional, cuando el caso está regido y se ha resuelto aplicando disposiciones procesales.
Que por otra parte pro:ede observar "que la circunstancia de haberse invocado el amículo diez y ocho de la Constitución Nacional no es bastante a los fines que se persiguen por cuanto como lo tiene declarado esta Suprema Corte no son sinónimos ni de igua! importancia en el derecho procesal la defensa en
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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:193
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