1. FALLOS DE LA CORTE SUPREMA dido en los términos de los incisos 1 y 3 del adtículo 14 de da ley 48 que se invora, Por tanto, no se hace tugar al recurso extraordinario «Je apelación que se deduce para arte la Corte Suprema, — 7. «rias, — A. Urdinarrain, — Marcelino Escalada, — B. A Nazar Anchorena.
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENER SE, ,
Buenos Aires, Abril 20 de t':1, Por los fundamentos de la resolución de fojas 10) estimo hien denegado el recurso extraordinario de apelación mer.
puesto para ante V. E. por doña Carmen R. de Couarraze, en el juicio que siguió contra la Administración de los Ferrocarriles del Estado, por cobro de pesos, ame el Juzgado Federal de la Capital de la Nación, y » José Nicolás Matienzo.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Mayo 9 de 1921.
Autos y vistos: El recurso de queja por denegación del extraordinario interpuesto. por doña Cannen R. de Conarrazc en autos cor la Administración de los Ferrocarriles del Es.
tado, contra la sentencia pronunciada por la Cámara Federal «de Apelación de la Capital, :
Y considerando:
Que al desestivar la demaxia promovida por la recurrente, el tribunal a quose ha limitado a resolver que aaquétla no era propietaria del inmueble oupado por la demandada, y
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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:126
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