DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR SENERAL
Suenos Aires, Diciembre °s de 19:.
Suprema Corte:
El superior tribana) de justicia de la provincia de Salt, invocando facultades de superimendencia que dice le acuerdan las leyes provinciales, impuso al juez de primera instancia en lo civil y comercial doctor Daniel Etcheverry, una multa de cincuenta pesos y posteriormente lo suspendió por el término de tres meses, como corrección disciplinaria por expresiones y hechos que califica de faltas contra la autori a dad y decoro de dicho tribunal, El juez Etcheverry, creyendo que el tribunal superior de Salta carece de la facultad de suspender jueces y aplicarles multas, presentó al mismo tribunal in escrito pidiendo se declarasen inconstituejonalss esas correcciones, En ese eserito citó y comentó extensamente los artículos de la constitución de aquella provincia que a su juicio garanten a los jueces eomtra toda disminución de sueldo y contra toda remoción que no sea decretada por el senado de la provincia. como único juez de los jueces, También: sostuvo que la actitud del tribunal superior importaba desconocer el espiritu del artículo 53 de la constitución nacional, acerca de la organización iudicial de las provincias, como asimismo la disposición del articulo 18 que establece que nadie puede ser sacado de sus jueces naturales y que la defensa en juicio es inviolable.
El tribunal superior, opitado a sti vez, que las correccio.
nes disciplinarias impuestas por él DE son susceptibles de res curso alguno ni de demandas de inconstitucionalidad, desechó la petición, como nedegó luego el recurso de apelación para ante la corte suprema nacional que el doctor Etcheverey interpuso invocando los artículos 14 de la ley 48 y 6 de la ley 4.055.
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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:286
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