27 La diferencia que el juez debe decidir con el merito «le los peritos que las partes nombren nara apoyar ss pretensiones, stirge entre las partes interesndas, va ses que el propietario atribuya un precio determinado a la propiedad y ala indemnización de los perinicio= dis.
tinto del ofrecido, o que manifieste, simplemente, que no está conforme con el.
3" ElNartiento 17 de la expresada ley de expropiación no hace más que consignar la regla procesal, por la que el juez no puede atribuir a los litigantes más de lo que ellos mismos pretenden, sin que de él y
SENTENCIA DEJ, SEÑOR JUEZ FEDER NI,
Bell - Bille Ayosto, +1: de 119.
Y vistos: Los autos sobre expropiación seguidos por el procurador fiscal contra la "Commidad El Pueblito" o "Sucesión Duarte", referente 4 dos fracciones de terreno, compuestas en str totalidad «de una extensión superficial de Sig hectáreas, 7 áreas y 9279 €.. destinadas a las obras de em halse del Rio 35 en el Jugar denominado "Pueblito de los Indios". Pedama Condores, departamento Calamuchita, con los límites que se expresan a fojas 2 y que son los siguientes:
parcela 1 de 704. h. 77 a. y 1092 €. Al norte y este, terrenos de la misma comunidad: al std. con propiedad de don Julio Astrada y al oeste con el Río 37. Parcela 23, de 49 h. 31 a.
7377 €. nhieada toda ella dentro del campo de la comimidad Y considerando:
Que no habiendo logrado las partes ponerse de acuerdo
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Año: 1920, CSJN Fallos: 132:278
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