208 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Telefónico Nacional (fojas 182 y fojas 183) se justifica por el hecho de ventilarse en este juicio acciones fiscales y exceder de cinco mil pesosel valor cuestionado (artículo 3, inciso 2. de la ley número 4,055). :
Que el gobierno de la nación demanda a la Compañía Telegráfico Telefónica Nacional por el pago de ciento cuarenta y un mil doscientos noventa y tres pesos con diez y nueve centavos moneda de curso legal en concepto de derechos sobre despachos trasmitidos por las líneas de dicha empresa y de participación en las utilidades de la compañía en lo que exceden del diez por ciento del capital emitido, fundando su acción en los artículos 2." y 15 del decreto de concesión de fecha diciembre 30 de 18) y en el artículo 38 de la ley de tarifas.
Que de conformidad de partes y con arreglo al término señalado para la prescripción liberatoria' ordinaria (código civil, artículo 4.023), el litigio ha quedado circunscripto a los cargos relat'0s a operaciones realizadas en los diez años que precedieron a la fecha de la presentación de la demanda.
Que ha quedado asimismo descartado de la discusión el cargo relativo a los derechos sobre telegramas dirigidos al exterior, cuyo importe es de mil seiscientos treinta y cinco pesos con cincuenta y nueve centavos por haberlo reconocido la f compañía demandada y haber consignado judicialmente dicha suma, Que por consiguiente la controversia judicial ha versado realmente sobre lag siguientes partidas de la demanda:
a) Por derechos no satisfechos al fisco respecto de despachos noticiosos del diario "La Nación".
b) Por análogos "derechos relativos a despachos del díaria "La Capital".
€) Por derechos correspondientes a las comunicaciones de diversas casas cerealistas que abonaban una asignación mensual fija, de acuerdo con convenios especiales celebrados con la compañía demandada. .
d) Por la participación que ha dejado de liquidarse el e
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Año: 1920, CSJN Fallos: 132:268
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