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Fallos: 131:89 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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moneda nacional rechazando el relativo a la tierra que cllos, a su vez, estiman y exigen a razón de veinte pesos el metro chadrado. Disienten asimismo en la superficie que comprerde la expropiación que dicen es de diez y seis mil sesenta y seis metros, con veinte y seis decimetros cuadrados. si bien quedaron de acuerdo las partes en que los peritos hicieran nueva medición e informaran sobre la verdadera superfi- cie que comprende la fracción demandada. No existiendo, pues, avenimiento. los interesados propusieron peritos, ue aceptados por el juzgado, se expidieron de fojas treinta a sesenta y dos y atento a la gran discrepancia de la apreciación en el valor del hien, el infrascripto nombró para mejor proveer al perito cuyo dictamen precede y Considerando :

1." Que los peritos están de acuerdo respecto a la superficie que abarca la fracción de tierra demandada, que es.

en efecto, la fijada por la parte actora de catorce mil seiscientos treinta metros ochenta y cuatro decimetros cuadrados.

2 Que el único punto sometido a la decisión judicial, es el relativo al precio de la tierra y perjuicios emerjentes.

ya que por lo que respecta a la edificación que la misma contiene, los demandados han aceptado el ofrecimiento hecho por la parte actora, , 3" Que por lo que respecta a este punto, tanto el perito de los demandados como el tercero, apoyan sus juicios er las operaciones de ventas voluntarias, judiciales y de expropiación de terrenos más o menos próximos al sub litem y en fechas anteriores o comemporáneas a la que se dictó la ley mueve Mil ciento veintiseis, que autoriza la obra y declara de milidad pública los terrenos necesarios a la misma.

Pero este concepto es erróneo, pues lo que la ley ciento ochenta y nueve ha determinado en su artículo quince, es que no se pague al expropiado el valor que la obra decretada hi biera dado al hien y así manda que este se estime como si Ja

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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:89 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-131/pagina-89

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