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Fallos: 131:83 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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de mil novecientos diez y nueve. El día veinte y dos de no.

viembre de mil novecientos diez y mueve el Gobierno de la Provincia de Tucumán pagará al señor Faustino Da Rosa o a su orden la cantidad de cincuenta mil pesos moneda nacio nal de curso legal por igual valor recibido a satisfacción. Se hace constar la obligación de aceptar en cada vencimiento una amortización no menor del 20 0/0 renovándose el saldo a un plazo igual. Intervine: Juan B. Bascary. — M. hBelascuain.— G. Beckman — Contador General. — Páguese a la orden del señor Hector Dellepiane. Valor recibido. Buenos Aires, exatro septiembre, mil novecientos diez y nueve. — Faustino Da Rosa. — Páguese a la orden del Banco Español del Rio de la Plata — H. Dellepiane," Acompaña también a la demanda ejecutiva los testimo.

nios de las diligencias de protesto de cada uno de esos pagarés hecho el señor Ministro de Hacienda de la Provincia — don Tomás A. Chueca, quien expresó en ese acto lo siguiente: "Que según decreto de veinte y seis de Junio próximo pasado relativo a la expropiación de los terrenos, edificios € instalaciones de la sociedad anónima "Savoy Hotel y Anexos de Tucumán" y el de fecha veinte y dos de Agosto último sobre forma de pago de la expresadr expropiación se deter.

mina que todas las obligaciones suscriptas en virtud de la misma se harán efectivas tinicamente con las utilidades liquidas de la explotación del Savoy Hotel y Anexos de Tucumán, artículo cuarto, Segundo. Que de estas disposiciones así como también de las demás pertinentes a este asunto se notificó de conformidad el señor Faustino Da Rosa. Tercero. Que a la fecha el Poder Ejecutivo no puede dispoñer de dichas utilidades y como consecuencia no puede atender la amortización del documento antes expresado." Y considerando:

Que la presente acción ejecutiva no es dirijida contra los firmantes de los pagarés acompañados, sino contra la Provin- 4

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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:83 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-131/pagina-83

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