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Fallos: 131:79 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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cida por la Convención del año 1800 y el doctor Velez Sars field. dió los motivos de la reforma expresando entre otras cosas que: "la reforma importa decir que la imprenta debe de estar sujeta a las leyes del pueblo en que se use de ella.

Un abuso de la libertad de imprenta nunca puede ser un de lito, diré asi, micional. El Congreso dando leyes de imprenta sujetaría el juicio a los Tribunales Federales, sacando el de lito de st fuero natural, Si una provincia como Buenos Ai res, no tuviera leyes de imprenta o los abisos de ellas fireran sólo castigados por el Juez correccional, como otra cial.

quiera injuria ¿por qué daríamos facultad al Congreso para restringir la libertad de imprenta, o imponer a los diarios restricciones o gravámenes que hicieran difienitosa su existencia?" Estas y otras manifestaciones hechas por el doctor Velez Sársfield, fundamentando la expresada disposición constitucional, indican claramente que el artículo 32 se refiere 10 a los delitos comes en que la imprenta sirve de ins.

trinmento, sino a los abusos propiamente dichos de imprenta que solo pueden hallarse legistados por las leyes locales «ue reglanenten ese derecho. La ley 7.029 no ha reglamemado, ni restringido la libertad de ivprenta, sólo contempla hechos «que constityen delitos comes en que la prensa puede ser el instrmento. Esta ley es tina ley penal y general para toda la república, dictada por el Congreso Nacional en uso de sus facultades constitucionales y cuya aplicación corres.

ponde, como lo ha declarado la Corte Suprera, a los "Tri nales ordirarios o provinciales, según sea el Iugar donde el delito haya sido cometido, y ello en razón de que se trata de delitos comunes, :

Que, por lo tanto y conforme a la jurispredencia establecida por la Suprema Corte Nacional y por este tribunal en casos análogos y de que hace merito la sentencia aperada, es improcedente la inconstitucionalidad alegada por la defensa, de las disposiciones de la ley 7.020 a que se refiere.

Y Considerando en cuamo al recurso interpuesto cor tra la sentencia dictada por el señor Juez "a que" que ell:

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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:79 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-131/pagina-79

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