cieron con ese objeto, hasta que se dictó el decreto de oct bre 11 de 1904, declarando la caducidad de la referida concesión, y que reción el 10 de agosto de 1905, es decir diez años después, pretendió Bonati efectuar el pago de la primera cuota por pesos 427.85 moneda nacional, según consta a fojas 31 y 32.
Que en estas condiciones, es indudable el derecho que asistía al superior gobierno para decarar la caducidad de la referencia, toda vez que según se ha dicho el boleto de + fojas 13 regía Jas relaciones existentes entre ambas partes. y en el mismo se establecía que el comprador se obligaba a respetar la ley general de colonización enyo articulo 93 establece que a cada poblador se le entregará un holeto provisorio en el que conste con claridad la ubicación del terreno y las condiciones en que se hace la concesión, no otorgándose el titulo definitivo de propiedad, sino después de haberse llenado los requisitos establecidos en los articulos precedentes. Agrega que la falta de cumplimiento a tales re quisitos en los términos, fijados, anulará el boleto provisorio y los lotes volverán al dominio nacional.
Que esta disposición legal y las condiciones del certifcado de fojas 13, sirvieron de fundamento al superior gobier.
no para declarar la caducidad de la concesión por la falta de enmplimiento de las mismas, no siendo por consiguiente a misible la interpretación sustentada al respecto por la parte actora al decir que la falta de pago de las cuotas no afectaha los derechos de Borati y que el artículo 92 de la ley 817 solo exige que el colono pueble y cultive sin abandonar la chacra durante dos años, pero sin mencionar palabra para el caso en que el chacarero no pueda pagar o se demore en el pago, pues elarameme preceptús el articulo 93 que en el bo.
leto provisorio se hará constar las condiciones en que se hace la concesión, y en el de fojas 13 se establece que el precio de venta es de pesos 57 moneda nacional, pasaderos en la forma y plazos que determina el artículo 3" del decreto de febrero 7 de 1890, lo que obligaba a Bonati a st hiel cumplimiento,
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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:381
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