minados, pienso como el señor juez a quo, que deben fijarse por medio de arbitradores, teniendo en cuenta los anteceden tes de autos, El doctor Casares, dijo:
La carta de porte agregada a fojas 25. 80 contiene dis posición alguna de la que restlte que el transporte se pacta ra con ciones de testigos) y que llegaron a su destino muertos o fesionados, el conductor sólo ha podido liberarse de responsa- " bilidad mediante la prueba de que el daño se debió a caso fortuito, fuerza mayor o vicio propio"de la cosa, lo que no ha intentado probar como puede verse recorriendo el cuaderno de la parte demandada, (Artículo 172 del código citado). Por consiguiente y como el conjunto de elementos de juicio que ha agregado la actora al expediente, no deja lugar a duda acerca de que la extensión de los daños es la que se hija en el escrito de demanda, me parece que la responsabilidad «le la empresa no puede ser objeto de discusión funda. da y que el demandante está legalmente capacitado para hacerla efectiva, porque según se desprende de las constancias de autos, los señores de Iriondo y Cia., destinatarios de la encomienda, procedieron evidentemente como mandatarios de bra por consiguiente sti intervención en los autos estraja
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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:372
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