Que, por otra parte, en la sentencia apelada el tribunal a que se limita a determinar la extensión de sti propia jurisdicción por aplicación de sis leves procesales ajenas al presente recurso según ha sido reiteradamente resuelto por esta corte.
For ello y de acuerdo con lo dictaminado y pedido por el señor procurador gencal se declara bien denegado el recurso motivo de la queja, Notifíquese, repóngase el sellado y archívese, devolviéndose las actuaciones remitidas por vía de informe con transcripción de la presente.
A. BERMEJO. — NICANOR G, DEL
Sonar. — D. E. PAracto, — J. Fierros Arcorra — RaMÓN MÉXDEzZ.
Don Miquel Feiferman en autos con don Edmnado Gandía y Cía, sobre devolución de Maquinarias, — Recurso de hecho 1 Sumario: Tratándose de la ley de Papel Sellado no proce ce el recurso extraordinario del artículo 14. ley 48, cuan do lo que se ha cuestionado, es, solamente, el alcance y extensión que deba darse al articulo 23 de la Jey 4.128 que forma parte integrante del Código de Procedimientos de la Capital, Caso: Lo explican las piezas siguientes:
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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:174
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