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Fallos: 131:105 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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NOTAS
Con fecha 5 de Febrero, la Corte Suprema no hizo lugar a la queja deducida por don José Contarini, en autos con doña Catalina Monjeaux de Noseda, sobro cobro ejecutivo de pesos, a mérito de no haberse llenado los requisitos exigidos por el artículo 15 de la ley 48.

En siete del mismo, no se hizo lugar a la queja deducida por don Manuel Lema Carollo, pidiendo revisión de la causa seguida en sii contra por homicidio, en razón de no aparecer que se hubiera interpuesto para ante la Corte Suprema, recurso alguna que le hubiera sido denegado Con fecha doce, no se hizo lugar, igualmente, a la queja deducida por doña Catalina P. de Barelli, en los autos seguidos por Manuel Cadret contra Federico Piro, sobre desalojamiento, por resultar de la propia exposición de la recurrente que del auto del señor Juez de Comercio, no aparecía interpuesto para ante la Corte Suprema, recurso alguno que le hu biera sido denegado.

Ferrocarril del Sud, contra don Pedro U. Draque y Cia., sobre repetición de una suma de dinero.

Sumario: 1" La cuestión de si un gravamen está 0 no en " proporción con los beneficios que reporta, es un punto de hecho, y por tanto; extraño al recurso del artículo 14, ley 48.

25 La facultad de interpretación de los jueces y tri

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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:105 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-131/pagina-105

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